Describiremos las dos grandes divisiones y sus respectivas categorías:
1. Licencias
para servicio particular
Son aquellas que permiten conducir vehículos de uso personal o privado, sin fines comerciales ni remuneración directa por el transporte de personas o mercancías.
Categorías:
·
A1: Permite conducir motocicletas, mototriciclos
y cuatrimotos hasta de 125 cc de cilindraje. El requisito es ser mayor de 16
años, aprobar el curso teórico-práctico y los exámenes médicos.
·
A2: Permite conducir motocicletas, mototriciclos
y cuatrimotos mayores a 125 cc de cilindraje. Incluye también las de menor
cilindraje (A1), por lo que es una categoría más amplia.
·
B1: Permite conducir automóviles, camionetas,
campers y vehículos utilitarios particulares. Se usa en la conducción de
vehículos livianos de uso personal.
·
B2: Permite conducir camiones rígidos, busetas y
buses particulares (no de servicio público). Requiere mayor experiencia y
conocimientos técnicos.
·
B3: Permite conducir vehículos articulados
(tractocamiones) de servicio particular.
2. Licencias para servicio público
Estas licencias autorizan a los conductores a manejar vehículos destinados al transporte comercial de pasajeros o carga, tales como taxis, buses, camiones y tractomulas.
Categorías:
·
C1: Permite conducir automóviles, campers,
camionetas y vehículos tipo van de servicio público. Por ejemplo, taxis,
vehículos de transporte escolar o intermunicipal liviano.
·
C2: Permite conducir camiones rígidos, busetas y
buses de servicio público. Por ejemplo, buses urbanos o intermunicipales,
camiones de carga media.
·
C3: Permite conducir vehículos articulados de
servicio público, como tractomulas o tractocamiones. Se usa para transporte de
carga pesada en carretera.


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